La coyuntura económica actual dificulta la búsqueda de un trabajo. Pero la situación es especialmente difícil cuando hablamos de empleo y discapacidad física, intelectual o sensorial.
Las personas con discapacidad han visto reducido su acceso al mercado laboral, tanto ordinario como protegido. Y en comparación con las personas sin discapacidad, sufren mayores tasas de desempleo e inactividad económica.
Empleo ordinario
Las personas con discapacidad pueden ejercer su derecho al trabajo a través de tres vías: empleo ordinario, protegido y autónomo.
En el primero, las empresas con más de 50 trabajadores deben reservar al menos el 2% de los puestos para personas con discapacidad. La cuota de reserva se computa sobre el total de la plantilla, independientemente de las formas de contratación existentes.
No obstante, las empresas pueden sustituir el cumplimiento de esta cuota por determinadas meditas alternativas. Por ejemplo, firmar un contrato con un Centro Especial de Empleo (CEE) o realizar acciones de patrocinio.
Asimismo, existen incentivos para la incorporación de personas con discapacidad en el mercado ordinario. Hay bonificaciones y exenciones de cuotas, deducciones fiscales, y subvenciones por contratos o por la adaptación de puestos de trabajo.
Las empresas deben adoptar las medidas necesarias para adaptar el puesto y su accesibilidad a las necesidades de estos trabajadores. Y permitirles, así, acceder al empleo y a la formación, realizar su trabajo y progresar profesionalmente.
Respecto al empleo y discapacidad en el sector público, las administraciones deben reservar un cupo para personas con discapacidad. Éste no debe ser inferior al 7% de las vacantes a ser cubiertas.
Para facilitar la inserción de personas con discapacidad en el mercado laboral ordinario existe también la figura del empleo con apoyo. Se trata de un conjunto de acciones de orientación y acompañamiento individualizado en el propio puesto de trabajo.
Las prestan preparadores laborales especializados y su objetivo es facilitar la adaptación de los trabajadores discapacitados con especiales dificultades de inclusión laboral en empresas normalizadas.
Empleo protegido
La segunda vía del binomio empleo y discapacidad es el empleo protegido. Su objetivo es impulsar la adquisición de habilidades y conocimientos para desarrollar una ocupación en un entorno adaptado y tutelado.
La opción más generalizada de trabajo protegido son los Centros Especiales de Empleo. Son centros públicos o privados que realizan un trabajo productivo y asistencial. También garantizan una remuneración para los trabajadores e impulsan la integración del mayor número de personas con discapacidad al mercado ordinario.
La plantilla de los CEE debe estar constituida por un mínimo del 70% de trabajadores con discapacidad.
Otra figura importante son los enclaves laborales. A través de ellos se realiza un contrato de arrendamiento de servicios entre una empresa del mercado ordinario y un CEE.
Para llevarlo a cabo, un grupo de trabajadores del segundo se traslada temporalmente a las instalaciones de la primera. El objetivo final es facilitar la inserción progresiva desde el empleo protegido al empleo ordinario.
Empleo autónomo
El empleo autónomo para personas con discapacidad cuenta con un amplio apoyo legislativo. En la actualidad existen ayudas y subvenciones para financiar proyectos empresariales y para la constitución de cooperativas de trabajo asociado o sociedades laborales.
Asimismo, la persona discapacitada que desee poner en marcha un negocio por cuenta propia tiene una serie de bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social.
Si su discapacidad es igual o superior al 33%, puede beneficiarse de una reducción del 80% de la cuota durante los seis primeros meses y una bonificación del 50% durante los 54 meses siguientes.